Ante la presencia del COVID-19 en Colombia, el Gobierno Nacional da instrucciones de intervención, atención, prevención y contención del virus. Siguiendo los lineamientos de los Ministerios de Salud y Protección, y del Trabajo y el Departamento Administrativo de la Función Pública, expiden la Circular 0018 del 10 de marzo de 2020, para aplicar en los ambientes laborales, en entidades del sector público y privado y minimizar los efectos negativos en la salud ante el COVID-19.
Para minimizar los efectos negativos en la salud los organismos y entidades del sector público y privado deben:
1. Promover en los servidores públicos, trabajadores y contratistas el adecuado y permanente lavado de manos y la desinfección de puestos de trabajo, como una de las medidas más efectivas para evitar contagio.
2. Suministrar a los servidores públicos, trabajadores y contratistas, a través de las entidades públicas, privadas y Administradoras de Riesgos Laborales (ARL), información clara y oportuna sobre las medidas preventivas y de contención del COVID-19.
3. Establecer canales de información para la prevención y dejar claro a los servidores públicos, trabajadores y contratistas a quién deben reportar cualquier sospecha de síntomas o contacto con persona diagnosticada con la enfermedad.
4. Impartir capacitación en prevención contra el COVID-19 al personal de migraciones, salud, aseo y limpieza.
5. Informar inmediatamente cualquier caso sospechoso a la Secretaría de Salud o Dirección Territorial de Salud de su jurisdicción.
Adicionalmente, mencionan las medidas temporales y excepcionales de carácter preventivo para las organizaciones, las responsabilidadesde los servidores públicos, trabajadores y contratistas, así como para las Administradoras de Riesgos Laborales (ARL).