El Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Hacienda y Crédito Público expidió el Decreto 358 de 2020, el cual reglamenta los sistemas de facturación en temas como: la Factura Electrónica de venta con Validación Previa, los obligados, no obligados, requisitos para Proveedores Tecnológicos y la expedición de documentos equivalentes.
En cuanto a los sistemas de facturación, confirma que son la factura de venta y los documentos equivalentes, y que la factura de venta podrá ser electrónica con validación previa o de talonario o papel. En lo relacionado con el sistema de facturación denominado documento equivalente, se redujo la cantidad de ellos, y la norma dispone que, a más tardar el 30 de junio de 2021, deberán emitirse de manera electrónica.
La norma establece los obligados a expedir la Factura Electrónica, dentro de los que se encuentran los responsables del Impuesto Sobre la Ventas -IVA; los responsables del Impuesto Nacional al Consumo; quienes ejerzan profesiones liberales o presten servicios inherentes a estas; los comerciantes, importadores, o prestadores de servicios o en las ventas a consumidores finales; y los inscritos en el Régimen Simple de Tributación, entre otros.